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Programa de colaboradores profesionales

Mediante nuestro programa de colaboración en empresas o instituciones españolas, usted puede conseguir que una persona japonesa se traslade a su organización y le ayude en sus proyectos o relaciones con Japón.
Los beneficios de la participación son muchos y, sin duda, muy valiosos. Los principales beneficios para su empresa u organización se pueden resumir en:

  • Ampliación de lazos comerciales, institucionales o profesionales con Japón
  • Dar una perspectiva internacional a su organización
  • Aprendizaje directo de los métodos y prácticas japoneses relacionados con las actividades que se llevan a cabo en su institución o empresa.
  • Asistencia práctica en la operativa diaria de las actividades rutinarias y en la comunicación con los clientes japoneses.
  • Promoción del comercio con Japón, Los colaboradores prestan servicios de edición y traducción de documentos y de información en japonés; establecen una completa red comercial brindando oportunidades de internacionalización de su institución, etc

Los colaboradores japoneses

Nuestros colaboradores son profesionales, cuya edad oscila entre los 20 y los 40 años. La gran mayoría ha completado sus estudios superiores y algunos incluso tienen varios años de experiencia profesional. Todos ellos tienen una especial inquietud por enriquecer sus horizontes que les ha conducido al estudio del español y a su interés especial por la cultura española.
Los participantes tienen un dominio suficiente de la lengua española que les faculta para desenvolverse satisfactoriamente en cualquier actividad de la vida cotidiana y laboral. La gran mayoría también domina el idioma inglés.
Son personas altamente motivadas con los propósitos del programa y son fieles cumplidores de las actividades que las organizaciones españolas les encomiendan.
Cada participante es cuidadosamente seleccionado en base a su educación y experiencia profesional, personalidad, capacidad comunicativa en español y sus propósitos de participación.

Motivación de los colaboradores

La mayoría participa en el programa porque siente una inquietud especial hacia España. Este programa les supone una oportunidad para:

  • Aprender la manera de llevar a cabo las actividades profesionales del sector particular del candidato, en España.
  • Aumentar el conocimiento y capacidades prácticas en su propio campo de actividad profesional.
  • Expandir su propia red profesional en España
  • Mejorar sus capacidades comunicativas y de aprendizaje del español
  • Aumentar los horizontes profesionales y sus perspectivas laborales.
  • Experimentar la vida diaria en un país y cultura diferentes.

Duración de la colaboración

Los colaboradores desean realizar una estancia prolongada en España que les brinde la oportunidad de experimentar suficientemente la vida laboral y la realidad social española, por lo cual, la duración de la colaboración es de un año. La empresa acogedora también se compromete a renovar el visado (trámite simple y sencillo) al finalizar el período de la colaboración.

Residencia del colaborador en España

El colaborador decide y asume económicamente su forma de alojamiento. Generalmente opta entre el hospedaje con una familia española o el alquiler de un apartamento, ya sea compartido o de manera individual. JapónLink requiere de las instituciones españolas que asistan en la búsqueda y selección de un alojamiento seguro y conveniente para el colaborador en un lugar cercano al centro de trabajo.

Coste y requisitos de participación en el programa

El colaborador se hace responsable de los costes de alojamiento y manutención en España. Los colaboradores prestan su ayuda a las instituciones colaboradoras de manera totalmente altruista y desinteresada. En un principio, el Programa JapónLink se concibió como una prestación similar a la de voluntariado. Los colaboradores estaban dispuestos a desplazarse a prestar sus servicios sin recibir sueldo ni contraprestación monetaria alguna. Pero la legislación española no contempla esta posibilidad para las actividades que las instituciones o empresas desean llevar a cabo. Así pues, de acuerdo a la legislación española actual vigente, es necesario celebrar un contrato laboral para que se desarrolle efectivamente esta colaboración.

Asímismo, la legislación española establece que la propia empresa demandante del trabajador extranjero, sea ella misma la que presente y se encargue de la tramitación del visado. Esta labor a menudo es engorrosa, lleva tiempo en su preparación y, si se carece de experiencia previa en el tipo de documentación requerida, pueden ser necesarias modificaciones y correcciones que ralentizarían aún más el proceso.

Por ello, el Programa se lleva a cabo mediante una Empresa de Trabajo Temporal, con cobertura plena en todo el territorio nacional español, que se encarga de tramitar todos los visados de los colaboradores para agilizar y facilitar la incorporación de los colaboradores japoneses. La Empresa de Trabajo Temporal es la empresa española que contrata , al principio, directamente a los colaboradores para cederlos, acto seguido, a las empresas solicitantes del Programa.

Así pues, las empresas españolas firman un contrato directamente con la Empresa de Trabjo Temporal asociada.
Este contrato puede ser a tiempo parcial y de duración determinada y con los mínimos requisitos legales en cuanto a salario y condiciones laborales. Las instituciones españolas deciden y establecen los términos conforme a las actividades de colaboración que deseen llevar a cabo. El coste de participación durante el primer mes inicial variará en función del convenio colectivo al que su empresa pertenezca. Como estimación aproximada, una contratación de 48 horas mensuales durante este primer mes (incluida el alta en la Seguridad Social, la indeminización laboral, etc.) puede oscilar en torno a los 450 euros. Los gastos por tramitación del visado son de 300 euros. Estos gastos son en concepto de gestión de tramitación, por lo que el coste de las tasas oficiales está excluido. Las tasas oficiales por expedición del documento son de 175,65 euros y también corre por cuenta de la empresa usuaria.
A partir del primer mes inicial, su empresa puede hacerse cargo de la contratación directa del colaborador. En cuanto al salario, las empresas españolas deciden libremente su cuantía. Como ya se ha mencionado antes, los colaboradores japoneses no están motivados económicamente y estarán encantados de proporcionar toda su ayuda en esas condiciones. La tónica general suele ser la retribución equiparable a la de un trabajador español que realiza esa misma actividad laboral.

También es posible que su empresa se haga cargo directamente de todo el proceso de contratación, alta en Seguridad Social y tramitación del visado del colaborador. JapónLink no tiene establecidas tarifas algunas de participación en el Programa. JapónLink ofrece la contratación mediante Empresa de Trabajo Temporal porque es la situación más ventajosa y la que ofrece mayor rapidez y eficacia. Por supuesto, si lo prefiere, la colaboración puede realizarse íntegramente mediante nuestra Empresa de Trabajo Temporal, para lo cual puede solicitar directamente sus tarifas.

Salario de los trabajadores

Los colaboradores desean experimentar la vida laboral española. El salario es algo que obedece tan sólo a los requisitos legales de contraprestación por actividad económica realizada. JapónLInk deja este término al libre criterio y acuerdo de la empresa interesada. Con ello, se unifican criterios y, al mismo tiempo, se ofrecen las máximas ventajas a las instituciones y empresas españolas.

Procedimiento de participación

El proceso se inicia con un formulario de solicitud. Esta solicitud de participación será válida durante un período de un año. Si, una vez enviada la solicitud, transcurre este período sin tener noticias nuestras sobre potenciales candidatos, nos pondremos en contacto nuevamente para preguntarle si desea renovar su solicitud. La solicitud se puede enviar en cualquier período del año. A partir de ese momento, su organización comenzará a recibir los perfiles de los potenciales candidatos para su particular estudio y selección.
Una vez acordada la selección, será necesario firmar un acuerdo o precontrato con la Empresa de Trabajo Temporal adscrita al Programa para que dé comienzo la tramitación del visado del colaborador. Estos trámites son llevados a cabo por la Empresa de Trabajo Temporal, la cual contrata directamente al colaborador para ser cedido a la empresa usuaria solicitante.

Proceso de búsqueda y selección de los colaboradores

El tiempo en encontrar y seleccionar un adecuado colaborador suele ser rápido. En ocasiones es prácticamente inmediato. Sin embargo, en ciertos campos de actividad, puede resultar difícil encontrar un candidato apropiado.

En total, el proceso desde que se selecciona el candidato hasta que el colaborador se desplaza a España para iniciar la colaboración puede tardar unos tres o cuatro meses. Es un proceso relativamente rápido si tenemos en cuenta que para el resto de tipos de visado el plazo máximo ordinario es de cuatro meses y medio. No hay tiempo que perder. La espera se verá gratamente recompensada por los beneficios de la colaboración. Envíenos su formulario de solicitud hoy mismo. Si aún le quedan dudas acerca del funcionamiento del programa le invitamos a visitar nuestra sección de preguntas frecuentes o bien contáctenos para hacernos llegar directamente sus inquietudes.